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Nueva ordenanza de terrazas para Barcelona

10 de octubre de 2012

Una de las novedades que introduce la ordenanza es la obligatoriedad de permitir a los locales con terraza el uso de los lavabos al público en general. El texto establece, con carácter general, el horario máximo de apertura, hasta la medianoche del domingo al jueves, y hasta la una de la madrugada los viernes y festivos, aunque se podrá alargar el límite horario en fechas específicas y también en espacios singulares.

La Comisión de Gobierno ha dado el visto bueno a la propuesta de Ordenanza de terrazas para la ciudad. El nuevo texto regulará aspectos como la distancia a la que se pueden situar, el tipo de elementos y mobiliario que pueden tener y el horario máximo de apertura, que con carácter general será hasta la medianoche del domingo al jueves, y hasta la una de la madrugada los viernes y festivos.

Aun así, se prevé la posibilidad, mediante Decreto de Alcaldía, de modificar estos límites de horario en fechas concretas de interés para la ciudad, como fiestas mayores, y también en los casos de espacios singulares.

Una de las novedades que propone la ordenanza es la obligación de los establecimientos con terraza de permitir el uso de los lavabos al público en general durante todo el horario de apertura del local.

Pero el efecto más importante de este texto es la armonización de las diversas regulaciones que existen actualmente y la agilización de los trámites para tener una terraza.

El Gobierno municipal prevé que la ordenanza pueda estar aprobada el primer semestre del 2013. Se prevén diferentes periodos de moratoria para la adecuación de las terrazas existentes, aunque en ningún caso se alargarían más allá del 1 de enero del 2016.

"Queremos preservar la calidad del espacio público y ofrecer una imagen de ciudad ordenada", ha explicado la teniente de alcalde de Economía, Empresa y Ocupación, Sònia Recasens, que ha pedido a los grupos municipales "un pacto de ciudad" para sacar adelante la ordenanza.

Elementos de las terrazas

El proyecto prevé delimitar el espacio de las terrazas y no permite las instalaciones con cierres estables. Además, delimita las distancias mínimas con respecto a los elementos urbanos y a los edificios, y garantiza un espacio libre de paso para los peatones no inferior al 50 % del ancho de la acera.

Se mantiene el módulo de terraza básico e introduce el módulo reducido, para una mesa y dos sillas, hecho que permitirá disponer de terrazas en locales situados en lugares donde ahora no se pueden colocar por falta de espacio mínimo en la acera.

Además, se regula y se normaliza el tipo de elementos de mobiliario, como estufas, contraventana y la iluminación permitida. Todo el mobiliario será del mismo tipo y material, aunque en los espacios singulares se podrá introducir la diversidad de materiales y colores, dando unidad a las terrazas de una zona determinada.

El número de estufas y la colocación de pizarras también quedarán regulados en esta normativa.

Asimismo, el texto prevé la obligatoriedad de retirar diariamente del espacio público los elementos básicos, mesas, sillas, parasoles, contraventanas, atriles, biombos, estufas y mobiliario auxiliar.

Licencias y seguro

Podrán solicitar licencia para terraza los establecimientos de restauración o semejantes. Las licencias pueden ser anuales, por temporada o para acontecimientos extraordinarios, como fiestas populares, verbenas y actos similares. La licencia para el verano comprende desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre.

Los establecimientos tienen que ampliar la póliza de seguros, que tiene que cubrir los riesgos asociados al funcionamiento de la terraza y a la reparación de posibles daños en el espacio público.

Comisión técnica de terrazas

La ordenanza prevé la creación de una comisión técnica de terrazas, que interpretará la norma, concretará las distancias mínimas necesarias e informará sobre propuestas de ordenación singular.

Esta comisión se reunirá de forma semanal.

Con respecto al control del cumplimiento, en caso de irregularidades, el órgano competente puede requerir las modificaciones necesarias sobre la terraza, acordar la abertura de un procedimiento sancionador o, en caso grave, ordenar el cierre o la suspensión de la licencia de terraza.

Las sanciones previstas oscilan entre los 750 y los 3.000 euros.

Actualmente, se han concedido un total de 4.228 licencias de bares, bar restaurante y similares, un 9 % más que a principios de octubre del 2011 y el doble que en el año 2010.

Fuente: Ayuntamiento de Barcelona

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