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El Gobierno da luz verde a redactar una nueva ley reguladora de la actividad de comercio, servicios y ferias

5 de agosto de 2013

El Gobierno, a propuesta Departamento de Empresa y Empleo, ha aprobado la memoria preliminar del anteproyecto de Ley reguladora de la actividad de comercio, servicios y ferias. Con este acuerdo, se autoriza al Departamento a redactar el texto de esta nueva ley, con el fin de regular el modelo comercial catalán para el próximo decenio. En este sentido, la nueva ley ha de integrar en un único texto normativo la legislación en materia de comercio, servicios y ferias, actualmente dispersa en cuatro bloques normativos diferentes (acceso a la actividad, modalidades de venta, actividades de promoción de ventas, prácticas prohibidas, horarios comerciales, equipamientos comerciales y actividades feriales).

Con el nuevo texto, el Gobierno deberá tener en cuenta la evolución que ha experimentado el comercio y hará una previsión de futuro para configurar un nuevo marco normativo unificado y adaptado a las nuevas necesidades y los nuevos entornos. El objetivo de la iniciativa es garantizar la consolidación y la proyección de cara al futuro de este modelo de éxito que ha sido y es el modelo catalán de comercio. También quiere avanzar en la simplificación administrativa suprimiendo las cargas innecesarias e incrementar la seguridad jurídica de las empresas mediante la clarificación de los distintos conceptos que configuran la ordenación del comercio y los servicios.

Esta iniciativa legislativa derogará y sustituirá las siguientes normas: el Decreto Legislativo 1 1993, de 9 de marzo, sobre comercio interior, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de la Ley 1 1983, de 18 de febrero, y la Ley 23 1991, de 29 de noviembre, la Ley 8 2004, de 23 de diciembre, de horarios comerciales, el Decreto ley 1 2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales, la Ley 8 1994, de 25 de mayo, de actividades feriales, y el recientemente aprobado Decreto ley 4 2012, de 30 de octubre, de medidas en materia de horarios comerciales y determinadas actividades de promoción. También debe ser objeto de esta compilación la Ley 11990, de 8 de enero, de disciplina del mercado y de defensa de los consumidores y usuarios, que, a pesar de no mantener su vigencia en el ámbito de consumo, prevé determinadas infracciones en materia de comercio interior.

Una norma con vocación estructural y de permanencia como debe ser esta necesitará construir el máximo consenso político y social. Por ello, en la elaboración del anteproyecto, el Departamento de Empresa y Empleo mantendrá el diálogo con las entidades representativas del mundo comercial, con las entidades municipalistas y con los grupos políticos.

Vía: http://www.eixosbcn.org

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