Sant Martí Eix Comercial

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Visto bueno a los ajustes del plan urbanístico que regula las actividades vinculadas al reparto a domicilio

29 de julio de 2024

  • El plenario aprueba definitivamente una modificación del plan que se circunscribe al polígono de la Zona Franca e introduce mejoras para flexibilizar la implantación de cocinas industriales y agencias de paquetería y logística.
  • La actualización mantiene intacto el espíritu de la normativa aprobada en enero del pasado año de blindar los tejidos residenciales de la ciudad ante la apertura de actividades que afecten al descanso vecinal y evitar que se generen molestias.
  • Se modifica la reserva de espacios de espera y estancia para repartidores de las agencias de paquetería de gran superficie para que sean de razonable tamaño.
  • Se ha aprobado con los votos a favor del Gobierno municipal, Junts per Catalunya (Trias por Barcelona), Barcelona en Comú y ERC.

El Plenario del Consejo Municipal ha aprobado definitivamente este viernes unos ajustes en el Plan especial de usos de actividades vinculadas al reparto a domicilio que tienen por objetivo garantizar el futuro industrial de la Zona Franca. El documento mantiene intacto el espíritu y el objetivo de la normativa aprobada en enero del año pasado para regular una serie de actividades vinculadas al comercio electrónico y las entregas a domicilio de compras, alimentos, comidas preparadas y otros artículos, y que blinda los tejidos residenciales del conjunto de la ciudad frente a la apertura de supermercados fantasma y macrococinas para garantizar el descanso vecinal y evitar que se generen molestias. El texto ha recibido el visto bueno final con los votos a favor del Gobierno municipal, Junts per Catalunya (Trias por Barcelona), Barcelona en Comú y ERC y la abstención de VOX.

El plan nació para ordenar la apertura y la integración urbana de esta nueva tipología de usos y actividades económicas ligadas al reparto para proteger a los barrios y tejidos urbanos de los impactos negativos a los que van asociadas. Se trataba de evitar problemas de humos, olores y ruido producidos por la elaboración intensiva de comida en grandes cantidades, impactos en el espacio público generados por el trasiego o la acumulación de vehículos y repartidores en un mismo tramo de calle.

Así, el documento vigente regula las condiciones de implantación de establecimientos de preparación, provisión y/o venta de alimentos, tales como cocinas industriales y/o agrupadas, tiendas de platos preparados y pequeños obradores de productos de alimentación; actividades de almacenamiento, como agencias de paquetería; y el espacio a reservar para la actividad complementaria de reparto a domicilio en determinados locales. La normativa vigente hasta ahora prohíbe la apertura de almacenes con reparto a domicilio en toda la ciudad, y sólo admite las cocinas industriales y/o agrupadas en el ámbito industrial de la Zona Franca siempre y cuando haya un máximo de un establecimiento en un radio de 400 m. Todo ello con la voluntad de equilibrar el uso de los espacios urbanos, garantizar un modelo comercial sostenible y hacer compatibles las actividades económicas con el día a día del vecindario y el derecho a la vivienda.

Sin embargo, después de un año de aplicación del plan y de haber analizado sus efectos, el Gobierno municipal inició un proceso para introducir unos ajustes puntuales para mejorarlo, flexibilizar una serie de requisitos que se consideran demasiado restrictivos y facilitar así la implantación de actividades relacionadas con la alimentación y la paquetería vinculadas al reparto a domicilio en las zonas industriales, que con las actuales condiciones quedan restringidas. Todo ello garantizando que no se implantan en contacto con los tejidos residenciales colindantes.

Tras el período de alegaciones y las conversaciones con los grupos, la actualización de esta normativa urbanística se circunscribe al polígono de la Zona Franca, donde introduce cambios para flexibilizar la implantación de cocinas industriales y agencias de paquetería y logística. Además, el documento final elimina la posibilidad de implantar cocinas industriales y/o agrupadas y almacenes con reparto a domicilio en los suelos industriales del Bon Pastor para preservar la convivencia del tejido vecinal cercano a este ámbito. Y los tejidos residenciales del conjunto de la ciudad siguen blindados ante la apertura de supermercados fantasma y macrococinas para garantizar el descanso vecinal y evitar que se generen molestias.

Modificaciones incluidas

Los ajustes definitivos que se introducen en la actualización del plan son los siguientes:

  • Cocinas industriales y/o agrupadas: En el plano vigente hasta ahora sólo se admitían en la Zona Franca y con la condición de un máximo de un establecimiento dedicado a la misma actividad en un radio de 400 m. Ahora, el nuevo documento sigue determinando la Zona Franca como el único suelo industrial donde se aceptan, pero elimina la condición de densidad para flexibilizar su implantación. No se podrán instalar en parcelas colindantes con tejidos residenciales para asegurar que no se produce ninguna afectación en la vida cotidiana de los vecinos y vecinas, ni tampoco en la zona industrial del Bon Pastor y el 22@.
  • Agencias de paquetería: El plan vigente establece unas condiciones específicas de distancia entre agencias de paquetería en función de la superficie del local (un radio de 100 m si tiene 100 m2 o menos y 200 m si tiene entre 100 y 400 m2, en toda la ciudad; y si es de más de 400 m2, sólo se acepta en zonas industriales con un radio de 100 m en la Zona Franca y de 200 en el resto de polígonos). La aplicación de estos criterios a todos los suelos industriales dificulta la implantación de diversas actividades de este tipo en entornos donde, por su naturaleza, encajan perfectamente y no perjudican a la vida vecinal, como la Zona Franca. Para darle solución, se propone que en la Zona Franca las agencias de paquetería estén admitidas sin condiciones de densidad ni distancia, pero no podrán situarse en parcelas colindantes con tejidos residenciales. En el polígono del Bon Pastor se mantienen las condiciones de la normativa vigente, y en el 22@ no se pueden implantar. Aparte, las agencias de paquetería no podrán disponer de una licencia múltiple con ninguna de las otras actividades principales reguladas por este plan.
  • Reparto a domicilio para almacenes de alimentos y almacenes de mercancías no peligrosas: El plan vigente prohibía que los almacenes de alimentos pudieran incluir la actividad de reparto a domicilio. Con la actualización de la normativa, los almacenes con reparto a domicilio siguen sin admitirse en los tejidos residenciales pero sí se pueden implantar, de forma exclusiva, en la Zona Franca, siempre y cuando se trate de parcelas que no confronten con tejidos residenciales. No se aceptarán en el polígono del Bon Pastor ni en el 22@. El mismo cambio se aplica a los almacenes de mercancías no peligrosas.
  • Espacios reservados para los repartidores: También se introducen ajustes en cuanto al espacio a reservar para la actividad complementaria de reparto a domicilio. Con el redactado hasta ahora vigente, en cuanto a las agencias de paquetería, si la superficie del establecimiento es de más de 400 m2, el espacio de espera y estancia para los repartidores será de 10 m2 por cada 100 m2 de superficie construida. Para darle solución, con el nuevo redactado propuesto, las agencias de paquetería mayores de 400 m2 tendrán que reservar un espacio mínimo de 20 m2 de espacio para el reparto, y en cualquier caso, la necesaria para los repartidores para evitar externalidades en la vía pública. En cuanto a los almacenes de alimentos y almacenes de mercancías no peligrosas –que con los cambios pasan a admitirse con reparto a domicilio en los suelos industriales de la Zona Franca, excepto el 22@ y parcelas colindantes con tejidos residenciales–, se aplican las mismas condiciones, en función de la superficie del establecimiento.

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